La problemática se arrastra desde marzo de 2025. Padres aseguran haber cumplido con las gestiones que se les solicitaron, mientras una reunión prevista para este 28 de julio fue suspendida sin que, hasta ahora, se haya informado una nueva fecha. A esto se suma una interrogante: si Frutillar ya utilizó un bus municipal para trasladar estudiantes desde Puerto Montt, ¿existe realmente un impedimento legal para estudiar una alternativa similar hacia Puerto Octay?
Una situación que se prolonga por más de un año mantiene preocupados a padres y apoderados de estudiantes residentes en Frutillar que cursan sus estudios en establecimientos de Puerto Octay, principalmente en el Liceo Benjamín Muñoz Gamero.
El problema se relaciona con el transporte necesario para que los alumnos puedan trasladarse diariamente entre ambas comunas y tiene sus primeros antecedentes en marzo de 2025.
Marzo de 2025: comienzan las gestiones
De acuerdo con los antecedentes proporcionados por los apoderados, durante marzo de 2025 se informó desde el Liceo Benjamín Muñoz Gamero que el presupuesto destinado al transporte enfrentaría restricciones.
El servicio existente contemplaba un recorrido cuyo límite llegaba hasta el sector de Quilanto, quedando fuera el trayecto completo hacia Frutillar.
Frente a esta situación, el 24 de marzo de 2025 se realizó una reunión entre padres y apoderados, directivos del establecimiento y el alcalde de Frutillar, Javier Arismendi.
En aquella oportunidad se planteó que quienes anteriormente tenían acceso al transporte podrían continuar utilizando el servicio mediante el pago de una cuota mensual, para lo cual sería necesario contar con una organización de padres que administrara los aportes.
También se solicitó a los apoderados constituirse formalmente como agrupación para eventualmente acceder a mecanismos de subvención municipal.
Los padres señalan que posteriormente cumplieron con este requerimiento y constituyeron la organización solicitada.
Gestiones ante SLEP Llanquihue
Durante el proceso también se exploró la posibilidad de obtener apoyo mediante el SLEP Llanquihue.
Una revisión de Interradio TV de la normativa que regula el Sistema de Educación Pública permite establecer que los recursos y competencias de los Servicios Locales se encuentran vinculados fundamentalmente a los establecimientos educacionales bajo su dependencia.
El Liceo Benjamín Muñoz Gamero no pertenece al SLEP Llanquihue, pese a que parte de sus estudiantes reside en Frutillar.
Por ello, esta alternativa no permitió resolver el financiamiento del transporte.
Junio de 2026: el problema vuelve a ser urgente
La situación se agudizó nuevamente durante junio de este año.
Según relatan los apoderados, el propietario del transporte que venía trasladando a los estudiantes comunicó que prestaría el servicio a los alumnos provenientes de Frutillar solamente hasta finalizar el primer semestre.
Posteriormente, el vehículo debía ajustarse estrictamente al recorrido establecido en su contratación, dejando a los estudiantes ante la necesidad de trasladarse por sus propios medios.
Los apoderados volvieron entonces a solicitar reuniones con las autoridades.
Reunión con el seremi de Educación
Durante junio se realizó una reunión de trabajo en la que participaron el seremi de Educación de Los Lagos, Dalmiro Yáñez; el alcalde de Frutillar, Javier Arismendi; representantes del SLEP Llanquihue y apoderados.
En aquella instancia, el seremi comprometió gestiones con diferentes actores involucrados en el problema.
Entre ellos se encontraban la Seremi de Transportes, la alcaldesa de Puerto Octay, María Elena Ojeda, y las direcciones de los establecimientos educacionales involucrados.
El objetivo anunciado fue coordinar acciones para enfrentar los problemas de conectividad que estaban afectando a los estudiantes.
Hasta ahora permanece pendiente conocer el resultado concreto de cada una de esas gestiones.
Alcalde de Frutillar comprometió continuar las gestiones
Durante el mismo proceso, el alcalde Javier Arismendi manifestó públicamente:
“Lo más importante es garantizar que nuestros estudiantes puedan acceder a sus establecimientos educacionales de manera segura y oportuna. Seguiremos realizando todas las gestiones necesarias para buscar soluciones concretas a una situación que afecta a muchas familias de nuestra comuna”.
El compromiso manifestado por el alcalde fue, por tanto, continuar realizando gestiones para encontrar una respuesta al problema.
Según los apoderados, posteriormente desde el municipio se les habría explicado que existirían limitaciones para financiar directamente un transporte permanente desde Frutillar hacia un establecimiento ubicado en otra comuna.
Nueva reunión y compromiso para fines de junio
Frente al término del servicio que venían utilizando, los apoderados solicitaron una nueva reunión con las autoridades involucradas.
Según su relato, participaron representantes municipales, el alcalde de Frutillar, representantes del Liceo Benjamín Muñoz Gamero y los propios padres.
Los apoderados sostienen que la alcaldesa de Puerto Octay no participó de aquella instancia.
Al término de la reunión se habría acordado realizar un nuevo encuentro durante la semana del 30 de junio, buscando abordar el problema antes del inicio del segundo semestre.
Sin embargo, según los padres, la instancia no se concretó dentro del plazo inicialmente señalado.
Apoderados cuestionan ausencia de Puerto Octay
Respecto de Puerto Octay, los apoderados aseguran que solicitaron la participación de la alcaldesa María Elena Ojeda en las reuniones destinadas a abordar la situación.
También sostienen que desde esa administración se habría manifestado falta de recursos para financiar el transporte y se habría mencionado un decreto del año 2023 relacionado con restricciones para el traslado de estudiantes provenientes de otras comunas.
El contenido y alcance de dicho decreto requieren ser establecidos documentalmente antes de determinar exactamente qué restricciones contempla.
Reunión del 28 de julio fue suspendida
Tras no concretarse el encuentro esperado para fines de junio, se programó posteriormente una reunión para este 28 de julio de 2026.
Para los apoderados, la fecha generaba preocupación porque los estudiantes ya estarían enfrentando el comienzo del segundo semestre.
Sin embargo, la situación cambió nuevamente este 27 de julio.
Según informaron los padres, recibieron un correo comunicándoles que la reunión programada para el 28 de julio quedaba suspendida.
De acuerdo con su versión, en esa comunicación no se estableció una nueva fecha para el encuentro.
¿Puede Frutillar trasladar estudiantes en un bus municipal hasta Puerto Octay?
Aquí aparece una pregunta relevante que requiere separar dos asuntos: si el municipio está obligado a proporcionar el transporte y si jurídicamente podría implementar alguna fórmula para hacerlo.
La Ley N.º 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que los municipios tienen como finalidad satisfacer las necesidades de la comunidad local y contempla funciones relacionadas, entre otras materias, con educación y desarrollo comunitario.
De la normativa general no se desprende que el solo hecho de que un vehículo municipal atraviese el límite de Frutillar para beneficiar a habitantes de la propia comuna convierta automáticamente el servicio en ilegal.
Por lo tanto, que un bus municipal salga desde Frutillar y llegue hasta Puerto Octay no permite, por sí solo, concluir que el traslado esté prohibido.
Eso tampoco significa que el municipio pueda implementar un recorrido permanente sin requisitos administrativos.
¿Podría hacerse diariamente?
Una eventual solución mediante un vehículo municipal tendría que contar con el correspondiente respaldo jurídico, administrativo y presupuestario.
Entre otros aspectos, debería determinarse:
- Que los beneficiarios correspondan efectivamente a estudiantes residentes de Frutillar.
- Que exista una finalidad pública vinculada con las funciones municipales.
- Que el uso del vehículo se encuentre debidamente autorizado.
- Que existan recursos presupuestarios para combustible, conductor, mantención y demás costos asociados.
- Que el vehículo, conductor y servicio cumplan las exigencias legales y de seguridad que correspondan al traslado de estudiantes.
Por eso, una cosa es sostener que la Municipalidad de Frutillar no tiene necesariamente la obligación legal de financiar este transporte y otra diferente afirmar que estaría legalmente impedida de hacerlo.
Para establecer esto último sería necesario conocer la norma concreta que produciría dicho impedimento.
El antecedente de Puerto Montt
Existe, además, un antecedente que resulta relevante para la discusión.
En marzo de 2025 se informó públicamente que la Municipalidad de Frutillar dispuso un bus municipal gratuito para trasladar desde Puerto Montt a estudiantes vespertinos residentes en Frutillar que tenían dificultades para regresar a sus hogares durante la noche.
La medida habría beneficiado a más de 28 estudiantes y se informó además que posteriormente se evaluaría licitar el servicio a una empresa privada para darle continuidad.
Este antecedente demuestra que, al menos en la práctica administrativa del propio municipio, un vehículo municipal ya fue utilizado para trasladar a estudiantes residentes de Frutillar que cursaban estudios fuera de la comuna.
Puerto Montt versus Puerto Octay
Los casos presentan una similitud evidente:
Puerto Montt: estudiantes residentes de Frutillar estudiaban fuera de la comuna y se implementó un traslado mediante un bus municipal.
Puerto Octay: estudiantes residentes de Frutillar estudian fuera de la comuna y sus familias solicitan actualmente una solución de transporte.
Esto no significa que ambos casos sean jurídicamente idénticos.
Pueden existir diferencias importantes respecto del programa utilizado, disponibilidad presupuestaria, características del vehículo, frecuencia del servicio, edad de los estudiantes, autorizaciones administrativas, fuente de financiamiento o normativa aplicable.
Precisamente por esas posibles diferencias surge una pregunta que hasta ahora resulta relevante aclarar:
¿Qué diferencia legal, administrativa o presupuestaria existe entre el traslado realizado hacia Puerto Montt y la situación que actualmente enfrentan los estudiantes que viajan hacia Puerto Octay?
Los documentos que podrían aclarar la discusión
El antecedente de Puerto Montt permite plantear además preguntas concretas que podrían despejar las dudas existentes.
¿Mediante qué decreto, resolución, programa municipal o acto administrativo se autorizó el uso del bus municipal hacia Puerto Montt en 2025?
¿Qué fuente presupuestaria financió combustible, conductor y operación de ese servicio?
¿Bajo qué normativa se autorizó el traslado de estudiantes fuera de los límites de Frutillar?
Y, principalmente:
Si durante 2025 la Municipalidad de Frutillar pudo utilizar un bus municipal para trasladar estudiantes residentes de la comuna desde Puerto Montt, ¿qué norma específica impediría estudiar un mecanismo similar para estudiantes residentes de Frutillar que actualmente cursan sus estudios en Puerto Octay?
Conocer esos antecedentes permitiría determinar si en el caso de Puerto Octay existe efectivamente una imposibilidad jurídica, una restricción presupuestaria o administrativa, o simplemente no se ha adoptado hasta ahora una decisión que permita implementar una alternativa.
Más de un año de gestiones
Desde marzo de 2025 hasta julio de 2026, los padres aseguran haber participado en reuniones, realizado las gestiones solicitadas y constituido formalmente la organización de apoderados requerida.
Durante el mismo período se han involucrado o mencionado distintas instituciones: Municipalidad de Frutillar, Municipalidad de Puerto Octay, SLEP Llanquihue, Seremi de Educación, Seremi de Transportes y los propios establecimientos educacionales.
Sin embargo, al 28 de julio de 2026 los apoderados todavía no cuentan con una respuesta definitiva respecto del transporte de sus hijos.
La suspensión de la reunión prevista para este martes vuelve a dejar pendientes varias interrogantes.
¿Qué ocurrió con los compromisos y gestiones anunciados por las distintas autoridades?
¿Cuándo se realizará finalmente una nueva reunión?
Y ahora se agrega una pregunta que requiere una respuesta documentada:
¿Por qué un bus municipal pudo trasladar estudiantes de Frutillar desde Puerto Montt y qué diferencia legal, administrativa o presupuestaria impediría evaluar una alternativa semejante hacia Puerto Octay?
La respuesta debería estar en los actos administrativos, presupuestos y normas que respaldaron el servicio anterior. Con esos documentos sobre la mesa será posible establecer si existe realmente una prohibición legal o si el problema tiene otra explicación.
La primera radio visual de la Cuenca del Lago Llanquihue

